Corte Suprema confirma: se prohíbe venta de alimentos chatarra en escuelas de todos los niveles
Ciudad de México, 16 de octubre de 2026 (Noticias de México). — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó este martes, por unanimidad, la constitucionalidad de las restricciones a la preparación, distribución y venta de comida chatarra y bebidas de bajo valor nutricional en todos los planteles del Sistema Educativo Nacional, incluidas las universidades y otras instituciones de educación superior.
El Pleno resolvió los amparos en revisión y promovidos por empresas como Eric Kayser México (vinculada a la cadena Maison Kayser), Mega Vending de México y la Compañía Embotelladora del Fuerte. Las compañías impugnaron los Lineamientos de Vida Saludable publicados el 30 de septiembre de 2024 por las secretarías de Educación Pública (SEP) y de Salud, así como las facultades derivadas de la reforma a los artículos 75 y 75 Bis de la Ley General de Educación, aprobada en diciembre de 2023.
Los ministros determinaron que las medidas no vulneran la libertad de trabajo, la libre concurrencia ni el libre desarrollo de la personalidad. Argumentaron que no se trata de una prohibición absoluta de comercializar estos productos, sino de una regulación limitada al interior de los centros escolares. Fuera de los planteles, la venta continúa sin restricciones.
La Corte subrayó que el derecho a la salud y a una alimentación nutritiva y adecuada, reconocido en la Constitución, no distingue por edades. Rechazó el planteamiento de que los estudiantes universitarios, al ser mayores de edad, deben quedar exentos de estas reglas. El ministro Giovanni Figueroa Mejía señaló que el Estado tiene la obligación de garantizar entornos escolares saludables para toda la comunidad educativa.
Durante la discusión se registró un debate sobre la aplicación de las normas en universidades autónomas, como la UNAM. La ministra Yasmín Esquivel Mossa cuestionó las posibles sanciones a autoridades de instituciones autónomas, mientras que las ministras Lenia Batres Guadarrama y María Estela Ríos González (ponente en uno de los asuntos) defendieron que la autonomía no exime del cumplimiento de las disposiciones sanitarias y educativas.
Los Lineamientos de Vida Saludable entraron en vigor el 29 de marzo de 2025 (180 días después de su publicación) y ya se aplicaban en la mayoría de los planteles. Con este fallo, la SCJN confirma de manera definitiva su validez constitucional y su aplicación obligatoria en escuelas públicas y privadas de todos los niveles, desde la educación básica hasta la superior. La resolución respalda la estrategia de las autoridades para combatir el sobrepeso y la obesidad, problemas de salud pública que afectan a una proporción significativa de la población infantil, juvenil y adulta en México.



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