Mientras millones de aficionados seguían el camino de la Selección Mexicana durante el Mundial de 2026, una frase se convirtió en el lema no oficial de la afición: «¿Y si sí?».
Lo que comenzó como una expresión de esperanza ante la posibilidad de ver al Tri levantar la Copa del Mundo trascendió las tribunas, las redes sociales y las conversaciones cotidianas. Su enorme popularidad también despertó el interés comercial de particulares y empresas, que ya buscan convertirla en una marca registrada ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
La frase ya protagoniza una competencia por su registro
De acuerdo con la base de datos pública del IMPI, la expresión «¿Y SI SÍ?» acumula 15 solicitudes de registro presentadas por distintos solicitantes, entre personas físicas y empresas.
Aunque ninguna de estas solicitudes representa, por sí sola, un derecho exclusivo sobre la frase, sí evidencian el valor comercial que adquirió durante el torneo.
Además del lema original, también se han presentado diversas variantes de la expresión, con el objetivo de utilizarlas en distintos sectores comerciales.
¿Qué buscan proteger las solicitudes?
Las solicitudes abarcan diferentes clases de productos y servicios contempladas en la Clasificación Internacional de Niza, utilizada por el IMPI para registrar marcas.
Entre las categorías identificadas destacan:
- Clase 35, relacionada con servicios de publicidad, comercialización y gestión de negocios.
- Clase 25, correspondiente a ropa, calzado y artículos textiles.
Esto significa que los solicitantes buscan utilizar la frase en productos promocionales, prendas de vestir y otros servicios vinculados con actividades comerciales.
La frase no nació con el Mundial
Aunque el Mundial 2026 impulsó su popularidad, la expresión ya tenía antecedentes dentro del sistema de propiedad industrial mexicano.
Desde 2013, la Lotería Nacional es titular de la marca «¿¡Y SI, Sí!?», registrada para identificar juegos de azar y sorteos, con una vigencia que se extiende hasta 2032.
Este antecedente no impide automáticamente nuevos registros, ya que el IMPI analiza cada solicitud de acuerdo con la clase en la que pretende utilizarse, el riesgo de confusión entre consumidores y otros criterios establecidos por la legislación en materia de propiedad industrial.
¿Qué sigue en el proceso?
Las 15 solicitudes deberán publicarse en la Gaceta de la Propiedad Industrial, donde se abrirá un periodo de oposición de un mes para que terceros con interés jurídico presenten observaciones o argumentos en contra del registro.
Posteriormente, el IMPI realizará los exámenes de forma y de fondo, mediante los cuales verificará que cada solicitud cumpla los requisitos legales y evaluará si existen impedimentos para conceder el registro.
Solo después de concluir este procedimiento se determinará qué solicitudes, en su caso, obtendrán la protección legal como marca registrada.
Cuando una frase viral se convierte en un activo comercial
El caso de «¿Y si sí?» refleja cómo una expresión nacida del entusiasmo deportivo puede adquirir valor económico en cuestión de semanas.
En México, frases, eslóganes y expresiones populares suelen convertirse en objeto de interés para empresas y particulares cuando alcanzan una amplia difusión, ya que un registro de marca puede otorgar derechos exclusivos para su explotación comercial dentro de determinadas categorías.
Sin embargo, el hecho de presentar una solicitud no garantiza que el registro sea concedido, pues cada expediente debe superar el proceso de análisis establecido por la autoridad.
