• 27 de abril de 2024 05:35

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¿Ya tienes tu Buzón Tributario del SAT?, ¡Que no te multen!

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Feb 22, 2022 #Buzón Tributario, #SAT

CDMX a 22 de febrero, 2022.- Las personas físicas y morales inscritas en el RFC deben contar con el Buzón Tributar, este es el medio de comunicación entre la autoridad fiscal y los contribuyentes, y se ubica en el portal electrónico del SAT.

Al estar dado de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y realizar actividades económicas se deben conocer las obligaciones fiscales y entre estas, está la de tener habilitado este Buzón Tributario.

¿Quiénes deben tener Buzón Tributario?

Todas las personas físicas y morales inscritas en el RFC con obligaciones fiscales, con actividad económica y que no estén suspendidas, deben contar con el Buzón Tributario.

“Es necesario que todas las personas físicas a más tardar el último día de junio de este año, ya tengan habilitado el Buzón Tributario”

De acuerdo con el SAT, las personas físicas y morales con ingresos mayores a los 400 mil pesos en el año fiscal inmediato anterior tienen la obligación de habilitar su buzón tributario a la brevedad.

Solo las personas físicas que a partir del 1 de enero de 2022 migren al Régimen Simplificado de Confianza, tendrán hasta el 30 de junio de 2022 para dar de alta su Buzón.

¿Cómo habilitarlo?

Debes proporcionar al menos un número de celular, y al menos un correo electrónico.

Para proporcionar esta información actualizada debes ingresar al sitio sat.gob.mx, dar clic en Buzón Tributario y acceder con tu RFC y Contraseña del SAT, o con tu RFC, la e.firma y su correspondiente contraseña (conocida como la contraseña de la clave privada).

Asimismo se puede acceder a Buzón Tributario, donde además de habilitar o actualizar tus medios de contacto, encontrarás la sección de Preguntas Frecuentes, tutoriales e infografías.

Revisa tu Buzón Tributario

Lo principal es, tenerlo actualizado y revisarlo de manera periódica porque el hecho de no abrirlo no va a generar que lo que te hayan notificado no surta efectos legales.

Para revisarlo es necesario que, una vez habilitado, entres al sitio del SAT a la sección de Buzón Tributario.

Puedes ingresar con tu RFC y Contraseña del SAT, o la e.firma, es forzoso que cuentes con una de las dos opciones para acceder.

En un nivel más avanzado, si quisieras descargar documentos o dar respuesta a la autoridad por medio del Buzón, debes contar con la e.firma y su clave, para que no tengas ningún candado a la hora de usar este servicio.

Toma en cuenta que no todo lo que llega al Buzón es una alerta, también pueden hacerte llegar información de beneficios, facilidades, invitaciones a programas.

 

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