• 2 de mayo de 2024 00:49

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Propone diputada Ángeles Huerta que el presidente del INE comparezca ante legisladores

Ciudad de México, 29 de mayo de 2021.-La diputada federal María de los Ángeles Huerta del Río llamó al presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova Vianello a explicar sus aseveraciones, emitidas a un medio de comunicación, acerca de una posible anulación de las elecciones del actual proceso electoral. Esto a través de un punto de acuerdo que propuso a la Comisión Permanente.

Al fundamentar su exhorto, la diputada de Morena señaló que el titular del INE expresó durante una entrevista el 17 de mayo, que existe un conjunto de criterios judiciales en el tema electoral que establecen la “posibilidad de anular una elección”, por violación a principios constitucionales, como puede ser la vulneración de la imparcialidad de funcionarios públicos.senado

Ante esta declaración, la diputada indicó que las afirmaciones vertidas por parte del presidente del INE, pareciera se anticipan a ”la nulidad de las elecciones” argumentando una supuesta intromisión de la autoridad.

De acuerdo a lo documentado por Ángeles Huerta, Lorenzo Córdova habría puntualizado que, “el principio de imparcialidad, cuando se viola, anticipa sin lugar a dudas que quien pierda y se sienta agraviado por la intromisión indebida de un funcionario público, pues va a impugnar”.

Sin embargo, la legisladora apuntó que las afirmaciones que el presidente del INE pronunció son sesgadas y agravadas dado que fueron realizadas por “quien tiene bajo su responsabilidad, la acción de organizar los procesos electorales y velar más que ningún otro funcionario público por la democracia”.

Sin embargo, advirtió, con sus declaraciones el consejero presidente  evidentemente no cumplió con lo estipulado en la normatividad, pues pretende sesgar la opinión pública, bajo una apreciación subjetiva que carece de sustento jurídico.

También argumentó que es posible que la conducta mostrada por el presidente del INE pueda encausarse en lo dispuesto por el artículo 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la cual condena el abuso de servidores públicos que se valen de sus funciones para realizar o inducir actos que causen perjuicio al servicio público.

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