• 4 de mayo de 2024 14:24

Noticias de política y cultura de México

Derribar las barreras para garantizar los derechos político-electorales de las y los mexicanos en el extranjero

Ciudad de México, a 4 de abril de 2022

Ya son 22 entidades en México que reconocen el voto de las personas migrantes en el extranjero, lo cual es importante, sin embargo, es una pena que no sea posible en todo el territorio. Ese es el gran pendiente, que los 32 estados del país incluyan esta figura en sus legislaciones, aseguró la Consejera del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), Carolina del Ángel Cruz, durante la  “Conferencia Poder Electoral y Ciudadano”.

El encuentro virtual organizado por la Red exITAM en Washington D.C., en el que también participó la Consejera del Instituto Nacional Electoral, Claudia Zavala Pérez, tuvo la finalidad de dar a conocer los beneficios y los retos pendientes acerca de la figura de la diputación migrante.

En su exposición, la Consejera Del Ángel Cruz indicó que en el pasado proceso electoral de 2018, 11 entidades eligieron a una persona diputada migrante para integrar sus congresos locales, lo cual no es cosa menor, porque ya hay diputadas y diputados legislando en favor de las mexicanas y los mexicanos que radican en otros países.

Dijo que en la Ciudad de México ya son tres elecciones en las que la ciudadanía chilanga ha participado con su voto en los comicios locales, los de jefatura de Gobierno 2012 y 2015, así como en 2018, en donde además se eligió la figura de diputación migrante. Agregó que en estos ejercicios se innovó también con el uso del voto electrónico.

Refirió que México es el segundo país con más personas migrantes en el mundo, de ahí la importancia de atender las necesidades de esta diáspora, la cual representa una población muy significativa.

Mencionó que ante la cantidad tan alta de mexicanos en el extranjero, el IECM desde hace tiempo adoptó una agenda institucional para una política de vinculación y comunicación permanente con las y los chilangos, esto ha permitido identificar las necesidades de este grupo y analizar su contexto social.

La Consejera del IECM expuso que en 2017 la Constitución local estableció el derecho de las personas chilangas de votar y ser votadas. En este sentido, aclaró que uno de los primeros problemas fue determinar si esta figura sería de mayoría relativa o de representación proporcional, por ello, en el IECM se definió que ocupara un espacio de representación proporcional, pero elegido por mayoría relativa, es decir, “un hibrido”.

La Consejera Carolina del Ángel consideró que es necesario regular la ley electoral para hacer más fácil la participación de las y los connacionales en el exterior. Advirtió que uno de los grandes retos es analizar la viabilidad de permitir y regular las campañas electorales desde el extranjero, creando los candados necesarios para su fiscalización, similares a los que se tienen en los comicios de este país.

Sostuvo que otro reto es el relacionado a la residencia de las personas candidatas a esta figura. En el anterior proceso electoral, se determinó que deberían contar con al menos dos años de residencia. Sin embargo, debe regularse para hacerlo más accesible.

Agregó que se debe revisar si la diputación migrante debe ser elegida por el principio de mayoría relativa o de representación proporcional, o si es factible aumentar el número de diputados migrantes, “todos esos temas son los que tienen que definir las autoridades, para seguir avanzando en este tema que ya empezó, camina, va para adelante y no se va a detener”, afirmó.

Otro punto importante, detalló, es discutir la posibilidad de implementar candidaturas de diputaciones migrantes sin partido. “Se dejó claro que la ciudadanía en el exterior tenía derecho a tomar las candidaturas sin partido, pero no hay elementos jurídicos y técnicos para implementarlos, por ello, se necesita que la norma determine cómo se puede lograr”.

Finalmente la Consejera Del Ángel Cruz mencionó que los congresos deben encontrar la manera para que este derecho se pueda ejercer en igualdad de condiciones en una contienda electoral.

Por admin

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *