Ciudad de México, 28 de julio del 2020.- Una ley sancionada el viernes 24 de julio por el Congreso de la Ciudad de México prohíbe las aberrantes prácticas de supuestos tratamientos para «curar» la orientación sexual de gays, lesbianas y travestis e impone penas de dos a cincos años de cárcel y entre 50 y 100 horas de trabajo comunitario para los infractores.
La nueva norma reforma algunos artículos del Código Civil de la capital y pone un freno a la proliferación de los «Esfuerzos para corregir la orientación sexual y la identidad de género» (ECOSIG).
De ahora en más se considerará un agravante la aplicación de esos métodos violentos y degradantes a menores. En esos casos, la Justicia podrá actuar de oficio.