• 22 de junio de 2024 04:35

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Este es el calendario de días festivos y PUENTES 2023 por ley en México

CDMX, 16 de diciembre del 2022.- Están por comenzar las vacaciones de invierno para millones de personas y este periodo de descanso es el último del año, no obstante, es el momento ideal para conocer el calendario de días festivos y puentes 2023, fechas que por ley en México no se laboran.

De acuerdo con el calendario del 2023, para el próximo año los trabajadores de México gozarán de 13 días festivos, seis días feriados oficiales ante la Ley Federal del Trabajo (LFT) y entre estos días se estima que habrá al menos cinco puentes, los cuales se producirán en lunes, por lo que las actividades se retomarán a partir del día martes.

Este es el calendario de días festivos y puentes 2023 por ley en México | FECHAS

En el calendario de 2023 está señalado que los días festivos son los siguientes:

  • 1 de enero: Año Nuevo
  • 5 de febrero: Día de la Constitución promulgada en 1917
  • 21 de marzo: Natalicio de Benito Juárez
  • 6 de abril: Jueves Santo
  • 7 de abril: Viernes Santo
  • 1 de mayo: Día del Trabajo
  • 5 de mayo: Batalla de Puebla
  • 16 de septiembre: Día de la Independencia
  • 12 de octubre: Día de la Raza
  • 2 de noviembre: Día de Muertos
  • 20 de noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana
  • 12 de diciembre: Día de la Virgen de Guadalupe
  • 25 de diciembre: Navidad

De estos días festivos, las fechas feriadas ante la Ley Federal del Trabajo (LFT) son el 1 de enero por Año Nuevo, el Día de la Constitución, el Día del Trabajo, el Día de la Independencia, el Aniversario de la Revolución Mexicana y finalmente en diciembre la Navidad.

Finalmente, los puentes del 2023 se llevarán a cabo el 1 de enero, el primer lunes del mes de febrero y que corresponde a la celebración del Día de la Constitución, el 20 de marzo que es relacionado a la conmemoración de la Revolución Mexicana, y finalmente, el lunes 25 de diciembre por las celebraciones de Navidad.

Respecto a Semana Santa, es importante señalar que la Ley Federal del Trabajo (LFT) no tiene determinado al jueves y viernes santo, que son el 6 y 7 de abril, como días de descanso obligatorio; sin embargo, algunas empresas y patrones sí otorgan estos días libres a los trabajadores, por lo que para ellos se produce otro puente.

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