Ciudad de México, a 22 de agosto de 2021.- Entre sus prioridades, la 64 legislativas de la Cámara de Diputados aprobó reformas en materia de infancia migrante para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes, incluyendo el de la no privación de la libertad por motivos migratorios, y sobre la condición migratoria de extranjeros en México.
Estableció que, en el caso de niñas, niños y adolescentes, el Estado garantizará los derechos y principios establecidos en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y su Reglamento, incluyendo el de la no privación de la libertad por motivos migratorios.
Asimismo, que el Sistema Nacional DIF y los sistemas DIF de las entidades federativas, en coordinación con las instituciones competentes, deberán identificar a los menores de edad extranjeros que requieren protección internacional, ya sea como refugiados o de algún otro tipo.
Así, si en la revisión migratoria se detecta que niñas, niños o adolescentes migrantes no tienen documentos que acrediten su situación migratoria, la autoridad deberá, en coadyuvancia, notificar inmediatamente a la Procuraduría de Protección y hacer la canalización al Sistema DIF correspondiente.
En ningún caso se llevará a cabo la presentación del menor ni se iniciará el Procedimiento Administrativo Migratorio previo a dicha notificación.
Incorporó la definición del Centro de Asistencia Social como el establecimiento, lugar o espacio de cuidado alternativo o acogimiento residencial para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar que brindan instituciones públicas, privadas y asociaciones.
Además, incluyó la definición de las niñas, niños y adolescentes migrantes, acompañados, no acompañados y separados. Asimismo, autorizar la condición de visitante por razones humanitarias a las niñas, niños o adolescentes migrantes.
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