Ciudad de México, 15 de agosto de 2021.- Ante la realidad que ha prevalecido en México y el Mundo del confinamiento y la paralización de actividades presenciales, los diputados de la 64 Legislatura realizaron reformas a la ley federal del trabajo relacionadas con teletrabajo, lo que permitió adaptar a la nueva realidad una nueva modalidad de empleo.
Así, quedó definida en la ley el teletrabajo como una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del empleador.
Estableció que no se requiere la presencia física de la persona trabajadora bajo esta modalidad, en el centro de trabajo, utilizando primordialmente las tecnologías de la información y comunicación, para el contacto y mando entre la persona trabajadora y el patrón.
Esta modalidad formará parte del contrato colectivo de trabajo, que en su caso exista entre sindicatos y empresas, y deberá entregarse gratuitamente una copia de estos contratos a cada una de las personas trabajadoras que desempeñen sus labores.
El cambio de la modalidad de presencial a teletrabajo deberá ser voluntario y establecido por escrito. Se publicó en el DOF el 11 de enero de 2021.
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